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  • Autor: Ignacio Orendain Kunhardt
  • Autor: Óscar Márquez Cristerna
$300.00Precio

CONTENIDO

  • Abandono del régimen
  • Activos fijos adquiridos durante la sujeción al régimen simplificado
  • Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores
  • Reinversión de utilidades
  • Empresas integradoras
  • Conclusiones

DESCRIPCIÓN

En el año de 1190, en la Ley del Impuesto sobre la Renta, surgió el “Régimen Simplificado”, mismo que buscó sustituir a los regímenes de excepción, en lo particular a las bases especiales de tributación y a los contribuyentes menores. De esta manera, se pretendió reemplazar los regímenes de cuotas fijas, por un régimen autoaplicativo. Inicialmente, este régimen fue opcional para aquellos sujetos que hasta el año de 1989 hubieren tributado bajo los regímenes ya citados, brindándose también la posibilidad de incorporarse al régimen general de Ley.

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CONTENIDO

  • Abandono del régimen
  • Activos fijos adquiridos durante la sujeción al régimen simplificado
  • Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores
  • Reinversión de utilidades
  • Empresas integradoras
  • Conclusiones

DESCRIPCIÓN

En el año de 1190, en la Ley del Impuesto sobre la Renta, surgió el “Régimen Simplificado”, mismo que buscó sustituir a los regímenes de excepción, en lo particular a las bases especiales de tributación y a los contribuyentes menores. De esta manera, se pretendió reemplazar los regímenes de cuotas fijas, por un régimen autoaplicativo. Inicialmente, este régimen fue opcional para aquellos sujetos que hasta el año de 1989 hubieren tributado bajo los regímenes ya citados, brindándose también la posibilidad de incorporarse al régimen general de Ley.

$250.00Precio

CONTENIDO

  • Antecedentes
  • De la ejecución de las sentencias en la Ley de Amparo
  • Del cumplimiento de sentencia que haya quedado firme, conforme a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA)
  • La queja como medio para la ejecución o cumplimiento de sentencias
  • Algunos precedentes judiciales aplicables a la materia
  • El caso del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. (Código)
  • Conclusiones
$250.00Precio

CONTENIDO

  • Antecedentes
  • De la ejecución de las sentencias en la Ley de Amparo
  • Del cumplimiento de sentencia que haya quedado firme, conforme a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA)
  • La queja como medio para la ejecución o cumplimiento de sentencias
  • Algunos precedentes judiciales aplicables a la materia
  • El caso del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. (Código)
  • Conclusiones
$250.00Precio

CONTENIDO

  • Consecuencias Fiscales de la Ley de Ayuda Alimentiria para los Trabajadores
  • Conclusiones
$250.00Precio

CONTENIDO

  • Consecuencias Fiscales de la Ley de Ayuda Alimentiria para los Trabajadores
  • Conclusiones
$350.00Precio

CONTENIDO

  • Presentación
  • Outsourcing
  • Planteamiento del Problema
  • Breve Comentario en Materia Laboral
  • Régimen Fiscal del Sindicato
  • Simulación y Fraude a la Ley
  • Conclusiones
  • Bibliografía

$350.00Precio

CONTENIDO

  • Presentación
  • Outsourcing
  • Planteamiento del Problema
  • Breve Comentario en Materia Laboral
  • Régimen Fiscal del Sindicato
  • Simulación y Fraude a la Ley
  • Conclusiones
  • Bibliografía

$250.00Precio

CONTENIDO

  • Antecedentes
  • Proporcionalidad tributaria
  • Equidad tributaria
  • Precedente judicial en el estado de Baja California
  • Conclusiones

DESCRIPCIÓN

Es una constante que las leyes hacendarías de las entidades federativas incluyan como una fuente importante de recaudación el gravamen sobre nóminas y sobre erogaciones por servicio personal subordinado, según el nombre que el legislador considere oportuno darle dentro de las remuneraciones gravadas, sea en los respectivos códigos financieros o leyes de Hacienda, en algunos casos más o en otros menos.

$250.00Precio

CONTENIDO

  • Antecedentes
  • Proporcionalidad tributaria
  • Equidad tributaria
  • Precedente judicial en el estado de Baja California
  • Conclusiones

DESCRIPCIÓN

Es una constante que las leyes hacendarías de las entidades federativas incluyan como una fuente importante de recaudación el gravamen sobre nóminas y sobre erogaciones por servicio personal subordinado, según el nombre que el legislador considere oportuno darle dentro de las remuneraciones gravadas, sea en los respectivos códigos financieros o leyes de Hacienda, en algunos casos más o en otros menos.