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  • Autor: Alejandro Calderón Aguilera
  • Autor: José A. Eseverri
  • Autor: Juan Carlos Izaza Arteaga
  • Autor: Layda Cárcamo Sabido
Precio base-50%$300.00$150.00Precio

CONTENIDO

  • Introducción
  • Beneficios empresariales
  • Otras rentas
  • Conclusiones

DESCRIPCIÓN

Como consecuencia de la globalización en la que ya participan la casi totalidad de los países desarrollados y en vías de desarrollo, ha surgido la necesidad de establecer múltiples regulaciones que tienden a defender los intereses de cada país y los de las personas físicas y morales que llevan a cabo operaciones en dos o más países y que, por lo tanto, podrían verse afectadas por las disposiciones fiscales de cada uno de ellos, provocando duplicidad de gravámenes aplicados a una misma operación o actividad.

Los tratados tendientes a evitar la doble imposición como la evasión fiscal se han multiplicado y se celebran con asombrosa frecuencia. Nuestro país no podía ser la excepción y, a la fecha ha celebrado convenios de este tipo con diversos países de los cinco continentes. Estos convenios se perfeccionan y enriquecen, y cada vez cubren campos de acción más amplios. Por la múltiple participación activa de los particulares afectados, se avanza mucho en todos los puntos relativos para evitar la doble imposición, al grado de presentarse cada vez menos controversias sobre ella.

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Como consecuencia de la globalización en la que ya participan la casi totalidad de los países desarrollados y en vías de desarrollo, ha surgido la necesidad de establecer múltiples regulaciones que tienden a defender los intereses de cada país y los de las personas físicas y morales que llevan a cabo operaciones en dos o más países y que, por lo tanto, podrían verse afectadas por las disposiciones fiscales de cada uno de ellos, provocando duplicidad de gravámenes aplicados a una misma operación o actividad.

Los tratados tendientes a evitar la doble imposición como la evasión fiscal se han multiplicado y se celebran con asombrosa frecuencia. Nuestro país no podía ser la excepción y, a la fecha ha celebrado convenios de este tipo con diversos países de los cinco continentes. Estos convenios se perfeccionan y enriquecen, y cada vez cubren campos de acción más amplios. Por la múltiple participación activa de los particulares afectados, se avanza mucho en todos los puntos relativos para evitar la doble imposición, al grado de presentarse cada vez menos controversias sobre ella.

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Precio base-50%$350.00$175.00Precio

CONTENIDO

  • Introducción
  • Interrelación de factores económicos
  • Principios de finanzas públicas
  • Reseña genérica de criterios de política económica, en perspectiva
  • Impuestos directos
  • Impuestos indirectos
  • Código Fiscal de la Federación
  • Administración Tributaria
  • Corolario
  • Últimos apuntes

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CONTENIDO

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DESCRIPCIÓN

El creciente fenómeno de la globalización económica ha impulsado la movilidad de personas, los flujos internacionales de capital y las actividades empresariales y profesionales transfronterizas. Este proceso integrador ha alcanzado en los últimos años tales dimensiones que ha obligado a los países más desarrollados a introducir medidas destinadas a ordenar e incluso promover el desarrollo de esos intercambios y a garantizar en todo caso la neutralidad fiscal de estas operaciones. El fenómeno de la globalización se extiende más allá de los aspectos exclusivamente comerciales, pues incluso ha dado nacimiento a instituciones, agentes y factores que en forma discreta o abierta intervienen en la creación de normas jurídicas y en algunos casos se vuelven en lo que se ha denominado en el derecho continental “soft law”.

Esta situación invita a promover un acuerdo económico entre los distintos países implicados para alcanzar un consenso respecto de las reglas de distribución del poder tributario y para introducir métodos que eliminen la doble imposición internacional de estas operaciones.

En ese sentido los convenios para evitar la doble imposición internacional constituyen un instrumento muy eficaz para dotar de coherencia, neutralidad y justicia al régimen tributario de las relaciones económicas transnacionales.

De entre las numerosas cuestiones que se plantean al analizar los convenios de doble imposición internacional, adquiere capital importancia el problema de interpretación que se origina en su aplicación. Así, una disparidad en la interpretación de una norma, como afirma Chico de la Cámara, producirá disfunciones del sistema al originarse situaciones de doble imposición internacional, o por el contrario, supuestos de no sujeción, situaciones estas que serían incompatibles con el objeto y fin de los convenios de doble imposición internacional.

Bajo este orden de ideas, en este trabajo de investigación se abordarán los problemas de interpretación que se plantean actualmente en los convenios de doble imposición internacional.

Precio base-50%$350.00$175.00Precio

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El creciente fenómeno de la globalización económica ha impulsado la movilidad de personas, los flujos internacionales de capital y las actividades empresariales y profesionales transfronterizas. Este proceso integrador ha alcanzado en los últimos años tales dimensiones que ha obligado a los países más desarrollados a introducir medidas destinadas a ordenar e incluso promover el desarrollo de esos intercambios y a garantizar en todo caso la neutralidad fiscal de estas operaciones. El fenómeno de la globalización se extiende más allá de los aspectos exclusivamente comerciales, pues incluso ha dado nacimiento a instituciones, agentes y factores que en forma discreta o abierta intervienen en la creación de normas jurídicas y en algunos casos se vuelven en lo que se ha denominado en el derecho continental “soft law”.

Esta situación invita a promover un acuerdo económico entre los distintos países implicados para alcanzar un consenso respecto de las reglas de distribución del poder tributario y para introducir métodos que eliminen la doble imposición internacional de estas operaciones.

En ese sentido los convenios para evitar la doble imposición internacional constituyen un instrumento muy eficaz para dotar de coherencia, neutralidad y justicia al régimen tributario de las relaciones económicas transnacionales.

De entre las numerosas cuestiones que se plantean al analizar los convenios de doble imposición internacional, adquiere capital importancia el problema de interpretación que se origina en su aplicación. Así, una disparidad en la interpretación de una norma, como afirma Chico de la Cámara, producirá disfunciones del sistema al originarse situaciones de doble imposición internacional, o por el contrario, supuestos de no sujeción, situaciones estas que serían incompatibles con el objeto y fin de los convenios de doble imposición internacional.

Bajo este orden de ideas, en este trabajo de investigación se abordarán los problemas de interpretación que se plantean actualmente en los convenios de doble imposición internacional.

24 Convenios para Evitar la Doble Imposición
  • -50%
$175.00Precio base-50%$350.00Precio

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24 Convenios para Evitar la Doble Imposición
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$175.00Precio base-50%$350.00Precio
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Precio base-50%$250.00$125.00Precio

DESCRIPCIÓN

Desde la época de la ley cedular, que terminó su vigencia en el año de 1964, el régimen de dividendos en la Ley del Impuesto sobre la Renta ha pasado por diferentes esquemas hasta llegar al de la importante reforma de 1989, el cual, con algunas modificaciones, constituye el actual y que estimo ha sido el mejor.

Por la anterior consideración, es mi deseo en este trabajo, hacer un análisis de los aspectos de mayor importancia de dicho régimen, tratando de expresar mi enfoque personal, con las consecuencias críticas y las posibles sugerencias que, a mi modo de ver, podrían contribuir a su mejoramiento.

Precio base-50%$250.00$125.00Precio

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Desde la época de la ley cedular, que terminó su vigencia en el año de 1964, el régimen de dividendos en la Ley del Impuesto sobre la Renta ha pasado por diferentes esquemas hasta llegar al de la importante reforma de 1989, el cual, con algunas modificaciones, constituye el actual y que estimo ha sido el mejor.

Por la anterior consideración, es mi deseo en este trabajo, hacer un análisis de los aspectos de mayor importancia de dicho régimen, tratando de expresar mi enfoque personal, con las consecuencias críticas y las posibles sugerencias que, a mi modo de ver, podrían contribuir a su mejoramiento.

27 Dividendos
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Precio base-50%$350.00$175.00Precio

CONTENIDO

  • Introducción
  • Objeto del Impuesto sobre la Renta
  • Deducciones
  • Impuesto Empresarial a Tasa Única
  • Conclusiones
  • Anexo I
  • Anexo II

Precio base-50%$350.00$175.00Precio

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  • Introducción
  • Objeto del Impuesto sobre la Renta
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28 Requisito de las Deducciones ISR y IETU
  • -50%
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28 Requisito de las Deducciones ISR y IETU
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$175.00Precio base-50%$350.00Precio
Días
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Horas
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Minutos
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La oferta especial ha terminado
Precio base-50%$400.00$200.00Precio

CONTENIDO

  • Antecedentes de la consolidación fiscal
  • Impuesto sobre la Renta
  • Procedimiento de consolidación
  • Desincorporación y desconsolidación
  • Régimen de dividendos
  • Obligaciones de controladoras y controladas
  • Enajenaciones de acciones
  • Impuesto al activo
  • Sugerencias
  • Conclusiones
Precio base-50%$400.00$200.00Precio

CONTENIDO

  • Antecedentes de la consolidación fiscal
  • Impuesto sobre la Renta
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  • Conclusiones
5 Descripción y Análisis Crítico de la Consolidación Fiscal en 1999
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$200.00Precio base-50%$400.00Precio

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5 Descripción y Análisis Crítico de la Consolidación Fiscal en 1999
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