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DESCRIPCIÓN
Son diversos los retos que nos plantea la globalización pues ésta deviene en una competencia más agresiva en el mundo de los negocios. Lo anterior, genera diversas necesidades para los actores participantes en ese ámbito, como son: el financiamiento, la eficiencia organizacional que a veces conlleva reestructuraciones corporativas, etcétera; por lo tanto, esta situación ha derivado en el desarrollo de instrumentos que permitan cumplir con los objetivos planteados, de manera eficaz y eficiente.
Asimismo, en virtud de la necesidad de proteger el futuro del cónyuge supérstite o de los descendientes ante la eventualidad del deceso de la persona que ha generado un patrimonio en beneficio de éstos, se han desarrollado diversos instrumentos que satisfagan tal objetivo.
Uno de los instrumentos que se ha planteado como viable para la consecución de algunos de los retos antes descritos, es el usufructo sobre acciones; bien como un medio de financiamiento ágil y, en ocasiones, menos oneroso que aquéllos tradicionalmente utilizados en el mercado; o, como un elemento para proteger el patrimonio familiar en caso de que ocurra el deceso de alguno de los cónyuges propietarios de éste.
Ante este tipo de instrumentos el reto es, por un lado, definir su viabilidad desde el punto de vista jurídico y financiero; y, por el otro, para las autoridades, en este caso en particular, las fiscales, que deberán regular (a veces a destiempo) este tipo de transacciones.
Dicho lo anterior, el objetivo de este estudio es: a) establecer, desde una perspectiva legal y de negocios, la viabilidad de implementar este tipo de instrumentos que buscan atender diversas necesidades en el ámbito patrimonial y empresarial; b) analizar sus consecuencias fiscales aplicables; y, c) proponer, en lo conducente, una regulación más clara para que las autoridades y los contribuyentes se conduzcan de mejor manera en un marco jurídico-fiscal más acorde a la realidad; y, por lo tanto, con mayor certeza jurídica.
DESCRIPCIÓN
Son diversos los retos que nos plantea la globalización pues ésta deviene en una competencia más agresiva en el mundo de los negocios. Lo anterior, genera diversas necesidades para los actores participantes en ese ámbito, como son: el financiamiento, la eficiencia organizacional que a veces conlleva reestructuraciones corporativas, etcétera; por lo tanto, esta situación ha derivado en el desarrollo de instrumentos que permitan cumplir con los objetivos planteados, de manera eficaz y eficiente.
Asimismo, en virtud de la necesidad de proteger el futuro del cónyuge supérstite o de los descendientes ante la eventualidad del deceso de la persona que ha generado un patrimonio en beneficio de éstos, se han desarrollado diversos instrumentos que satisfagan tal objetivo.
Uno de los instrumentos que se ha planteado como viable para la consecución de algunos de los retos antes descritos, es el usufructo sobre acciones; bien como un medio de financiamiento ágil y, en ocasiones, menos oneroso que aquéllos tradicionalmente utilizados en el mercado; o, como un elemento para proteger el patrimonio familiar en caso de que ocurra el deceso de alguno de los cónyuges propietarios de éste.
Ante este tipo de instrumentos el reto es, por un lado, definir su viabilidad desde el punto de vista jurídico y financiero; y, por el otro, para las autoridades, en este caso en particular, las fiscales, que deberán regular (a veces a destiempo) este tipo de transacciones.
Dicho lo anterior, el objetivo de este estudio es: a) establecer, desde una perspectiva legal y de negocios, la viabilidad de implementar este tipo de instrumentos que buscan atender diversas necesidades en el ámbito patrimonial y empresarial; b) analizar sus consecuencias fiscales aplicables; y, c) proponer, en lo conducente, una regulación más clara para que las autoridades y los contribuyentes se conduzcan de mejor manera en un marco jurídico-fiscal más acorde a la realidad; y, por lo tanto, con mayor certeza jurídica.
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CONTENIDO
- Las Notas Distintivas de la Caducidad
- La Caducidad y los Medios de Defensa
- La Caducidad y el Ejercicio de las Facultades de Comprobación de las Autoridades Fiscales
- La Naturaleza Jurídica de las Normas de la Caducidad
- El Cómputo del plazo de la Caducidad
Descripción
Estamos viviendo una época particularmente caracterizada por la profusión de noticias fiscales en todos los medios de comunicación. Casi no hay día en que no se nos den a conocer las bondades de la Nueva Hacienda Pública Redistributiva, que busca allegar más y cuantiosos recursos al Fisco Federal; mayor presión fiscal que, sin embargo, no se corresponde con un aumento en la seguridad jurídica de los contribuyentes, en la que encuentra su fundamento la figura jurídica de la caducidad, cuyo propósito esencial radica en evitar la incertidumbre que entraña la protección prácticamente indefinida de facultades que no se ejercitan o se ejercitan de manera contraria a derecho.
Nuestro legislador no sólo no ha disminuido dicho plazo, sino que en algunos casos lo ha aumentado y, más todavía, ha desvirtuado la figura jurídica de la caducidad al introducir en ella la suspensión, con serio quebranto de la seguridad jurídica del contribuyente, que ve vulnerado así su derecho a liberarse mediante el transcurso del tiempo de la situación de sujeción al ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales. Al estudio de estas cuestiones está dedicado este volumen, cuyo propósito es ofrecer, desde la perspectiva de un abogado postulante una visión general acerca de los problemas surgidos de la práctica profesional en relación con estos temas.
CONTENIDO
- Las Notas Distintivas de la Caducidad
- La Caducidad y los Medios de Defensa
- La Caducidad y el Ejercicio de las Facultades de Comprobación de las Autoridades Fiscales
- La Naturaleza Jurídica de las Normas de la Caducidad
- El Cómputo del plazo de la Caducidad
Descripción
Estamos viviendo una época particularmente caracterizada por la profusión de noticias fiscales en todos los medios de comunicación. Casi no hay día en que no se nos den a conocer las bondades de la Nueva Hacienda Pública Redistributiva, que busca allegar más y cuantiosos recursos al Fisco Federal; mayor presión fiscal que, sin embargo, no se corresponde con un aumento en la seguridad jurídica de los contribuyentes, en la que encuentra su fundamento la figura jurídica de la caducidad, cuyo propósito esencial radica en evitar la incertidumbre que entraña la protección prácticamente indefinida de facultades que no se ejercitan o se ejercitan de manera contraria a derecho.
Nuestro legislador no sólo no ha disminuido dicho plazo, sino que en algunos casos lo ha aumentado y, más todavía, ha desvirtuado la figura jurídica de la caducidad al introducir en ella la suspensión, con serio quebranto de la seguridad jurídica del contribuyente, que ve vulnerado así su derecho a liberarse mediante el transcurso del tiempo de la situación de sujeción al ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales. Al estudio de estas cuestiones está dedicado este volumen, cuyo propósito es ofrecer, desde la perspectiva de un abogado postulante una visión general acerca de los problemas surgidos de la práctica profesional en relación con estos temas.
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Este es un ensayo de carácter teórico que se inscribe en la disciplina de la “pragmática”, tal como ha sido entendida tradicionalmente por los filósofos analíticos, cuyo origen primero se encuentra en la filosofía con base conductista de Charles Morris. Expone las tesis de Paul Grice sobre las llamadas “implicaturas” y las reglas con cuya utlización se obtienen, en especial con su Principio de Cooperación y las otras máximas que lo especifican.
Adicionalmente expone, con cierto detenimiento, lo que el autor de este ensayo denomina “Principio de Oposición o Beligerancia”, construido de modo paralelo al de Grice, pero con un sentido radicalmente opuesto, como la noche se opone al día y la maldad a la bondad, según se verá más adelante. Los rendimientos y conclusiones obtenidos serán ilustrados con una obra fundamental de la literatura occidental: la tragedia de Otelo del más grande dramaturgo, William Shakespeare, con la finalidad de ofrecer al lector una imagen intuitiva de la forma como operan las implicaturas en la vida de los hombres. Las grandes obras de arte constituyen modelos intuitivos de acontecimientos históricamente determinables, de manera que forman, por decirlo así, un “tipo ideal” weberiano intuitivo de ciertos sucesos.
El sentido y desarrollo de los acontecimientos reales puede comprenderse y explicitarse desde las perspectivas ofrecidas por las obras de arte. Funcionan a la manera de la primera ley de Newton, la ley de la inercia: ningún objeto se mueve como ella determina, pero es la base sobre la cual, conforme a las dos leyes adicionales, pueden llegar a describirse los movimientos empíricamente observables. (Cf. Schmill, La Conducta del Jabalí. Dos Ensayos sobre el Poder: Kafka y Shakespeare, Ediciones Coyoacán S. A de C. V. Tercera Edición, México 2005) Una observación parecida habita silenciosamente en las siguientes palabras del filósofo Nelson Goodman: Las palabras “Don Quijote” se aplican a nadie si se toman de manera literal, pero figuradamente podrían referirse a muchos de nosotros, como, por ejemplo, el autor de este libro en sus torneos con los molinos de la lingüística contemporánea. (Goodman, 1978).
Este es un ensayo de carácter teórico que se inscribe en la disciplina de la “pragmática”, tal como ha sido entendida tradicionalmente por los filósofos analíticos, cuyo origen primero se encuentra en la filosofía con base conductista de Charles Morris. Expone las tesis de Paul Grice sobre las llamadas “implicaturas” y las reglas con cuya utlización se obtienen, en especial con su Principio de Cooperación y las otras máximas que lo especifican.
Adicionalmente expone, con cierto detenimiento, lo que el autor de este ensayo denomina “Principio de Oposición o Beligerancia”, construido de modo paralelo al de Grice, pero con un sentido radicalmente opuesto, como la noche se opone al día y la maldad a la bondad, según se verá más adelante. Los rendimientos y conclusiones obtenidos serán ilustrados con una obra fundamental de la literatura occidental: la tragedia de Otelo del más grande dramaturgo, William Shakespeare, con la finalidad de ofrecer al lector una imagen intuitiva de la forma como operan las implicaturas en la vida de los hombres. Las grandes obras de arte constituyen modelos intuitivos de acontecimientos históricamente determinables, de manera que forman, por decirlo así, un “tipo ideal” weberiano intuitivo de ciertos sucesos.
El sentido y desarrollo de los acontecimientos reales puede comprenderse y explicitarse desde las perspectivas ofrecidas por las obras de arte. Funcionan a la manera de la primera ley de Newton, la ley de la inercia: ningún objeto se mueve como ella determina, pero es la base sobre la cual, conforme a las dos leyes adicionales, pueden llegar a describirse los movimientos empíricamente observables. (Cf. Schmill, La Conducta del Jabalí. Dos Ensayos sobre el Poder: Kafka y Shakespeare, Ediciones Coyoacán S. A de C. V. Tercera Edición, México 2005) Una observación parecida habita silenciosamente en las siguientes palabras del filósofo Nelson Goodman: Las palabras “Don Quijote” se aplican a nadie si se toman de manera literal, pero figuradamente podrían referirse a muchos de nosotros, como, por ejemplo, el autor de este libro en sus torneos con los molinos de la lingüística contemporánea. (Goodman, 1978).
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Las características con las que se conformó esta recopilación son tan peculiares como subjetivas. Dado que su vialidad imponía límites y que éstos son tan arbitrarios como azarosos, decidimos que, siendo esta una oportunidad, debería ser destinada a jóvenes narradores; decidimos también que “jóvenes narradores” serían, por ejemplo, los nacidos entre 1970 y 1979, decidimos que aun estando comprendidos en este rango quedaran fuera quienes tuvieran ya cierta presencia en el medio literario mexicano.
Las características con las que se conformó esta recopilación son tan peculiares como subjetivas. Dado que su vialidad imponía límites y que éstos son tan arbitrarios como azarosos, decidimos que, siendo esta una oportunidad, debería ser destinada a jóvenes narradores; decidimos también que “jóvenes narradores” serían, por ejemplo, los nacidos entre 1970 y 1979, decidimos que aun estando comprendidos en este rango quedaran fuera quienes tuvieran ya cierta presencia en el medio literario mexicano.