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  • Autor: Agustín López Padilla
  • Autor: Hugo Carrasco Iriarte
  • Tipo de publicación: Ensayos Jurídicos
$800.00Precio

CONTENIDO

Derecho Fiscal Mexicano – Ensayos sobre su práctica y enseñanza en homenaje a Agustín López Padilla

  Capítulo I

  • Parte General del Derecho Tributario

  Capítulo II

  • Parte Procesal del Derecho Tributario

  Capítulo III

  • Derecho Internacional Tributario

  Capítulo IV

  • Derechos Fundamentales de los Contribuyentes

  Capítulo V

  • Enseñanza del Derecho Tributario

Anecdotario

Descripción

Agustín López Padilla era el DEcano de la UP, institución en la que dio clases de manera ininterrumpida por más de 43 años, ochenta y seis semestres sin faltar uno. Se dice fácil. Además fue uno de los fundadores de los posgrados en derecho em la Universidad, donde impartió clases de Principios Gerenales de Derecho Fiscal, Impuesto sobre la Renta y Derecho Procesal Fiscal.

Con el decidido apoyo de la UP y la autorización de la familia de Agustín, aunado al incansable e invaluable apoyo de Patricia López Padilla Barrera, su hija y heredera académica, invitamos a quienes han poblado estas páginas con sus ideas. Este homenaje académico es un trabajo que vale la pena leer.

Para muchos la UP es considerada como la mejor escuela de Derecho en nuestro país, sin duda parte de ese reconocimiento se debe al esfuerzo de Agustín López Padilla, a su incansable trabajo para formar a los mejores fiscalistas de México.

Esta obra reúne a unos cuantos amigos, colegas, directivos y exalumnos de Agustín, quienes han participado generosa y decididamente en su creación. Y digo generosamente, porque además de aceptar dedicar tiempoy esfuerzo a escribir, han decidido que la totalidad de ganancias que la misma genere como regalías, sean donadas al Comedor Santa María, una fundación que era predilecta y apoyada por López Padilla, debido a la espléndida labor que esta realiza a favor de nilos de escasos recursos desde hace muchos años.

Ojalá este libro sea todo un éxito en ventas, de esta manera los niños mexicanos serán apoyados una vez más en su memoria. Gracias lector, lectora por acercarte a esta obra, por adquirirla y honrar la memoria de nuestro querido maestro.

$800.00Precio

CONTENIDO

Derecho Fiscal Mexicano – Ensayos sobre su práctica y enseñanza en homenaje a Agustín López Padilla

  Capítulo I

  • Parte General del Derecho Tributario

  Capítulo II

  • Parte Procesal del Derecho Tributario

  Capítulo III

  • Derecho Internacional Tributario

  Capítulo IV

  • Derechos Fundamentales de los Contribuyentes

  Capítulo V

  • Enseñanza del Derecho Tributario

Anecdotario

Descripción

Agustín López Padilla era el DEcano de la UP, institución en la que dio clases de manera ininterrumpida por más de 43 años, ochenta y seis semestres sin faltar uno. Se dice fácil. Además fue uno de los fundadores de los posgrados en derecho em la Universidad, donde impartió clases de Principios Gerenales de Derecho Fiscal, Impuesto sobre la Renta y Derecho Procesal Fiscal.

Con el decidido apoyo de la UP y la autorización de la familia de Agustín, aunado al incansable e invaluable apoyo de Patricia López Padilla Barrera, su hija y heredera académica, invitamos a quienes han poblado estas páginas con sus ideas. Este homenaje académico es un trabajo que vale la pena leer.

Para muchos la UP es considerada como la mejor escuela de Derecho en nuestro país, sin duda parte de ese reconocimiento se debe al esfuerzo de Agustín López Padilla, a su incansable trabajo para formar a los mejores fiscalistas de México.

Esta obra reúne a unos cuantos amigos, colegas, directivos y exalumnos de Agustín, quienes han participado generosa y decididamente en su creación. Y digo generosamente, porque además de aceptar dedicar tiempoy esfuerzo a escribir, han decidido que la totalidad de ganancias que la misma genere como regalías, sean donadas al Comedor Santa María, una fundación que era predilecta y apoyada por López Padilla, debido a la espléndida labor que esta realiza a favor de nilos de escasos recursos desde hace muchos años.

Ojalá este libro sea todo un éxito en ventas, de esta manera los niños mexicanos serán apoyados una vez más en su memoria. Gracias lector, lectora por acercarte a esta obra, por adquirirla y honrar la memoria de nuestro querido maestro.

$300.00Precio

Trampas Procesales en el Juicio de Amparo en Materia Fiscal

Introducción

Tema 1  ¡Cuidado!, que no venza el plazo para presentar la demanda de amparo

Tema 2  Siempre tener presente cuál es el objeto del juicio de amparo

Tema 3  Evitar que quede sin materia el juicio de amparo y es fundamental la suspensión del acto reclamado

Tema 4  Se puede promover el juicio de amparo directamente, cuando una ley establezca mayores requisitos para conceder

la suspensión que los previstos en Ley de Amparo

Tema 5  Trámite de la suspensión durante el procedimiento administrativo de ejecución

Tema 6  El juicio de amparo procede para una persona en concreto y no para una persona en abstracto, tiene que existir un agravio personal y directo

Tema 7  Si no se hacen valer conceptos de violación, se puede negar el amparo de protección de la justicia de la Unión

Tema 8  No caer en conceptos de violación inoperantes, por no controvertir las consideraciones esenciales del acto que se reclama o repetir lo

expuesto en el escrito inicial de demanda

Tema 9  Estar alerta respecto a las pruebas documentales en el amparo, exhibidas en el cuaderno incidental, las cuales no pueden ser tomadas

en cuenta en el expediente principal

Tema 10  La legitimación procesal del quejoso no se puede examinar en el incidente de suspensión

Tema 11  Por excepción, las personas morales oficiales pueden promover el juicio de amparo

Tema 12  El poder general para pleitos y cobranzas requiere cláusula especial para delegarlo

Tema 13  Hay que probar y acreditar el interés jurídico o un interés legítimo individual o colectivo

Tema 14  Lo que no se debe hacer

Tema 15  Estimar que en el juicio de amparo son admisibles toda clase de pruebas, excepto la confesional por posiciones

Tema 16  Las pruebas testimonial y pericial deberán ofrecerse a más tardar, cinco días hábiles antes de la celebración de la audiencia constitucional

Tema 17  Ampliación de demanda, cuando la autoridad al rendir su informe con justificación, completa la fundamentación y motivación del acto reclamado

Tema 18  Estar al pendiente con la lista de notificaciones para evitar consecuencias imprevistas, que puedan provocar que se cumpla el plazo para

promover alguna instancia o desahogar alguna prueba o requerimiento

Tema 19  No es conveniente ubicarse en el supuesto de suplencia de queja

Tema 20  Declaratoria general de inconstitucionalidad no es aplicable a normas en materia tributaria

Tema 21  El amparo indirecto procede cuando los actos en el juicio tengan una ejecución de imposible reparación

Tema 22  ¿Cuándo se consideran violadas las leyes del procedimiento y se afectan las defensas del quejoso, trascendiendo al resultado del fallo?

Tema 23  No se debe confundir qué recursos proceden en el juicio de amparo

Tema 24  Autoridades responsables deben señalarse y referirse en forma correcta

Tema 25  Asegurarse que el escrito de la demanda de amparo esté firmado por el quejoso

Tema 26  Problemática en cuanto a qué debe entenderse por actos de tribunales administrativos ejecutados fuera de juicio o después de con­cluido

Tema 27  Evitar una prevención de cinco días por haber presentado una demanda de amparo irregular o por faltar copias para el traslado

Tema 28  Tener presente el recurso de inconformidad previsto en la Ley de Amparo

Tema 29  Atención y seguimiento respecto a los acuerdos dictados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura Federal

Tema 30  Precaución ante la creación de nuevos tribunales especiales, para conocer de la inconstitucionalidad de las leyes fiscales

Tema 31  Cuidado, las sentencias dictadas en juicio de amparo indirecto en el mismo día en que se inició la audiencia constitucional, y que no se ordenan notificar personalmente

Tema 32  El término para promover el juicio de amparo (directo o indirecto) comienza a computarse a partir de que el quejoso tuvo conocimiento completo del acto reclamado

Trampas Procesales en el Juicio Contencioso Administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa

Tema 1  Se desechará la demanda por improcedente, cuando no se señale el nombre del demandante y no se cumplan los requisitos de las fracciones II y VI del artículo 14 de la LFPCA

Tema 2  Cuando una resolución o acto hayan sido impugnados directamente en un procedimiento judicial

Tema 3  Cuando no se tiene presente que el recurso de revocación contemplado en la Ley de Comercio Exterior, es obligatorio agotarlo previo al juicio contencioso administrativo fe­deral

Tema 4  Trampa consistente en que la LFPCA prevé el plazo de 30 días para presentar la demanda, pero omite señalar que es oportuna su presentación si se presenta en la primera hora hábil del día siguiente al de su vencimiento

Tema 5  Cuando por equivocación se presenta la demanda ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en relación con las materias de competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, y este no tiene competencia al respecto

Tema 6  Cuidado con la aplicación supletoria del Código Federal de Procedimientos Civiles, los magistrados pueden ir más allá del texto legal

Tema 7  Alerta con las resoluciones emitidas por las autoridades hacendarias locales actuando como autoridades Federales

Tema 8  Distinguir a partir de cuándo comienza a correr el término de 30 días para presentar la demanda, cuándo se notifica el acto impugnado o cuándo el actor se hace sabedor del crédito impugnado

Tema 9  Se puede invocar en la demanda ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, la inaplicación de leyes fiscales por violación directa a la Constitución

Tema 10  En caso excepcional, se puede intentar hacer valer dos escritos de demanda en el plazo de 30 días

Tema 11  Cuando no presenta la solicitud de pruebas documentales ante las autoridades administrativas, por lo menos cinco días antes de la interposición de la demanda, tratándose de documentos que legalmente se encuentran a su disposición

Tema 12  El pago liso y llano por el particular de un crédito fiscal, no constituye un consentimiento de un adeudo fiscal

Tema 13  ¿La comunicación de una autoridad a otra puede ser demandada ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa?

Tema 14  Incidente de nulidad de notificación y recurso de reclamación

Anexo 1  Acuerdo General Número 5/2001, del veintiuno de junio de dos mil uno, del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relativo a la determinación de los asuntos que conservará para su resolución y el envío de los de su competencia originaria a las salas y a los Tribunales Colegiados de Circuito

Anexo 2  Acuerdo General Número 8/2003, del treinta y uno de marzo de dos mil tres, del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que deroga la fracción III del punto tercero del Acuerdo General Número 5/2001, del veintiuno de junio de dos mil uno, relativo a la determinación de los asuntos que conservará para su resolución y el envío de los de su competencia originaria a las salas y a los Tribunales Colegiados de Circuito

Anexo 3  Acuerdo General 19/2008 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se reforma el diverso Acuerdo General 15/2008, relativo al inicio de funciones de los juzgados Quinto y Sexto de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con Residencia en San Andrés Clolula, Puebla, con Jurisdicción en la república mexicana

$300.00Precio

Trampas Procesales en el Juicio de Amparo en Materia Fiscal

Introducción

Tema 1  ¡Cuidado!, que no venza el plazo para presentar la demanda de amparo

Tema 2  Siempre tener presente cuál es el objeto del juicio de amparo

Tema 3  Evitar que quede sin materia el juicio de amparo y es fundamental la suspensión del acto reclamado

Tema 4  Se puede promover el juicio de amparo directamente, cuando una ley establezca mayores requisitos para conceder

la suspensión que los previstos en Ley de Amparo

Tema 5  Trámite de la suspensión durante el procedimiento administrativo de ejecución

Tema 6  El juicio de amparo procede para una persona en concreto y no para una persona en abstracto, tiene que existir un agravio personal y directo

Tema 7  Si no se hacen valer conceptos de violación, se puede negar el amparo de protección de la justicia de la Unión

Tema 8  No caer en conceptos de violación inoperantes, por no controvertir las consideraciones esenciales del acto que se reclama o repetir lo

expuesto en el escrito inicial de demanda

Tema 9  Estar alerta respecto a las pruebas documentales en el amparo, exhibidas en el cuaderno incidental, las cuales no pueden ser tomadas

en cuenta en el expediente principal

Tema 10  La legitimación procesal del quejoso no se puede examinar en el incidente de suspensión

Tema 11  Por excepción, las personas morales oficiales pueden promover el juicio de amparo

Tema 12  El poder general para pleitos y cobranzas requiere cláusula especial para delegarlo

Tema 13  Hay que probar y acreditar el interés jurídico o un interés legítimo individual o colectivo

Tema 14  Lo que no se debe hacer

Tema 15  Estimar que en el juicio de amparo son admisibles toda clase de pruebas, excepto la confesional por posiciones

Tema 16  Las pruebas testimonial y pericial deberán ofrecerse a más tardar, cinco días hábiles antes de la celebración de la audiencia constitucional

Tema 17  Ampliación de demanda, cuando la autoridad al rendir su informe con justificación, completa la fundamentación y motivación del acto reclamado

Tema 18  Estar al pendiente con la lista de notificaciones para evitar consecuencias imprevistas, que puedan provocar que se cumpla el plazo para

promover alguna instancia o desahogar alguna prueba o requerimiento

Tema 19  No es conveniente ubicarse en el supuesto de suplencia de queja

Tema 20  Declaratoria general de inconstitucionalidad no es aplicable a normas en materia tributaria

Tema 21  El amparo indirecto procede cuando los actos en el juicio tengan una ejecución de imposible reparación

Tema 22  ¿Cuándo se consideran violadas las leyes del procedimiento y se afectan las defensas del quejoso, trascendiendo al resultado del fallo?

Tema 23  No se debe confundir qué recursos proceden en el juicio de amparo

Tema 24  Autoridades responsables deben señalarse y referirse en forma correcta

Tema 25  Asegurarse que el escrito de la demanda de amparo esté firmado por el quejoso

Tema 26  Problemática en cuanto a qué debe entenderse por actos de tribunales administrativos ejecutados fuera de juicio o después de con­cluido

Tema 27  Evitar una prevención de cinco días por haber presentado una demanda de amparo irregular o por faltar copias para el traslado

Tema 28  Tener presente el recurso de inconformidad previsto en la Ley de Amparo

Tema 29  Atención y seguimiento respecto a los acuerdos dictados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura Federal

Tema 30  Precaución ante la creación de nuevos tribunales especiales, para conocer de la inconstitucionalidad de las leyes fiscales

Tema 31  Cuidado, las sentencias dictadas en juicio de amparo indirecto en el mismo día en que se inició la audiencia constitucional, y que no se ordenan notificar personalmente

Tema 32  El término para promover el juicio de amparo (directo o indirecto) comienza a computarse a partir de que el quejoso tuvo conocimiento completo del acto reclamado

Trampas Procesales en el Juicio Contencioso Administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa

Tema 1  Se desechará la demanda por improcedente, cuando no se señale el nombre del demandante y no se cumplan los requisitos de las fracciones II y VI del artículo 14 de la LFPCA

Tema 2  Cuando una resolución o acto hayan sido impugnados directamente en un procedimiento judicial

Tema 3  Cuando no se tiene presente que el recurso de revocación contemplado en la Ley de Comercio Exterior, es obligatorio agotarlo previo al juicio contencioso administrativo fe­deral

Tema 4  Trampa consistente en que la LFPCA prevé el plazo de 30 días para presentar la demanda, pero omite señalar que es oportuna su presentación si se presenta en la primera hora hábil del día siguiente al de su vencimiento

Tema 5  Cuando por equivocación se presenta la demanda ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en relación con las materias de competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, y este no tiene competencia al respecto

Tema 6  Cuidado con la aplicación supletoria del Código Federal de Procedimientos Civiles, los magistrados pueden ir más allá del texto legal

Tema 7  Alerta con las resoluciones emitidas por las autoridades hacendarias locales actuando como autoridades Federales

Tema 8  Distinguir a partir de cuándo comienza a correr el término de 30 días para presentar la demanda, cuándo se notifica el acto impugnado o cuándo el actor se hace sabedor del crédito impugnado

Tema 9  Se puede invocar en la demanda ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, la inaplicación de leyes fiscales por violación directa a la Constitución

Tema 10  En caso excepcional, se puede intentar hacer valer dos escritos de demanda en el plazo de 30 días

Tema 11  Cuando no presenta la solicitud de pruebas documentales ante las autoridades administrativas, por lo menos cinco días antes de la interposición de la demanda, tratándose de documentos que legalmente se encuentran a su disposición

Tema 12  El pago liso y llano por el particular de un crédito fiscal, no constituye un consentimiento de un adeudo fiscal

Tema 13  ¿La comunicación de una autoridad a otra puede ser demandada ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa?

Tema 14  Incidente de nulidad de notificación y recurso de reclamación

Anexo 1  Acuerdo General Número 5/2001, del veintiuno de junio de dos mil uno, del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relativo a la determinación de los asuntos que conservará para su resolución y el envío de los de su competencia originaria a las salas y a los Tribunales Colegiados de Circuito

Anexo 2  Acuerdo General Número 8/2003, del treinta y uno de marzo de dos mil tres, del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que deroga la fracción III del punto tercero del Acuerdo General Número 5/2001, del veintiuno de junio de dos mil uno, relativo a la determinación de los asuntos que conservará para su resolución y el envío de los de su competencia originaria a las salas y a los Tribunales Colegiados de Circuito

Anexo 3  Acuerdo General 19/2008 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se reforma el diverso Acuerdo General 15/2008, relativo al inicio de funciones de los juzgados Quinto y Sexto de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con Residencia en San Andrés Clolula, Puebla, con Jurisdicción en la república mexicana