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  • Autor: Alejandro Calderón Aguilera
  • Autor: Koller Lucio Carl Edward
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DESCRIPCIÓN

El creciente fenómeno de la globalización económica ha impulsado la movilidad de personas, los flujos internacionales de capital y las actividades empresariales y profesionales transfronterizas. Este proceso integrador ha alcanzado en los últimos años tales dimensiones que ha obligado a los países más desarrollados a introducir medidas destinadas a ordenar e incluso promover el desarrollo de esos intercambios y a garantizar en todo caso la neutralidad fiscal de estas operaciones. El fenómeno de la globalización se extiende más allá de los aspectos exclusivamente comerciales, pues incluso ha dado nacimiento a instituciones, agentes y factores que en forma discreta o abierta intervienen en la creación de normas jurídicas y en algunos casos se vuelven en lo que se ha denominado en el derecho continental “soft law”.

Esta situación invita a promover un acuerdo económico entre los distintos países implicados para alcanzar un consenso respecto de las reglas de distribución del poder tributario y para introducir métodos que eliminen la doble imposición internacional de estas operaciones.

En ese sentido los convenios para evitar la doble imposición internacional constituyen un instrumento muy eficaz para dotar de coherencia, neutralidad y justicia al régimen tributario de las relaciones económicas transnacionales.

De entre las numerosas cuestiones que se plantean al analizar los convenios de doble imposición internacional, adquiere capital importancia el problema de interpretación que se origina en su aplicación. Así, una disparidad en la interpretación de una norma, como afirma Chico de la Cámara, producirá disfunciones del sistema al originarse situaciones de doble imposición internacional, o por el contrario, supuestos de no sujeción, situaciones estas que serían incompatibles con el objeto y fin de los convenios de doble imposición internacional.

Bajo este orden de ideas, en este trabajo de investigación se abordarán los problemas de interpretación que se plantean actualmente en los convenios de doble imposición internacional.

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DESCRIPCIÓN

El creciente fenómeno de la globalización económica ha impulsado la movilidad de personas, los flujos internacionales de capital y las actividades empresariales y profesionales transfronterizas. Este proceso integrador ha alcanzado en los últimos años tales dimensiones que ha obligado a los países más desarrollados a introducir medidas destinadas a ordenar e incluso promover el desarrollo de esos intercambios y a garantizar en todo caso la neutralidad fiscal de estas operaciones. El fenómeno de la globalización se extiende más allá de los aspectos exclusivamente comerciales, pues incluso ha dado nacimiento a instituciones, agentes y factores que en forma discreta o abierta intervienen en la creación de normas jurídicas y en algunos casos se vuelven en lo que se ha denominado en el derecho continental “soft law”.

Esta situación invita a promover un acuerdo económico entre los distintos países implicados para alcanzar un consenso respecto de las reglas de distribución del poder tributario y para introducir métodos que eliminen la doble imposición internacional de estas operaciones.

En ese sentido los convenios para evitar la doble imposición internacional constituyen un instrumento muy eficaz para dotar de coherencia, neutralidad y justicia al régimen tributario de las relaciones económicas transnacionales.

De entre las numerosas cuestiones que se plantean al analizar los convenios de doble imposición internacional, adquiere capital importancia el problema de interpretación que se origina en su aplicación. Así, una disparidad en la interpretación de una norma, como afirma Chico de la Cámara, producirá disfunciones del sistema al originarse situaciones de doble imposición internacional, o por el contrario, supuestos de no sujeción, situaciones estas que serían incompatibles con el objeto y fin de los convenios de doble imposición internacional.

Bajo este orden de ideas, en este trabajo de investigación se abordarán los problemas de interpretación que se plantean actualmente en los convenios de doble imposición internacional.

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CONTENIDO

Abreviaturas 

1.- Introducción 

2.- Marco Legal Relevante 

3.- Los Derechos de Soberanía y Jurisdicciones del Estado Ribereño en la ZEE y la Plataforma Continental en Materia Fiscal. 

4.- Conclusiones 

5.- Bibliografía consultada 

Descripción

Esta obra tiene como propósito analizar la potestad tributaria del Estado ribereño, en este caso, México, como faceta de dichos derechos de soberanía. Como tema relacionado, se analiza la incidencia del marco normativo del derecho internacional en el artículo 8o. del Código Fiscal de la Federación, el cual asimila a la zona económica exclusiva a territorio nacional para fines fiscales, con una redacción que pareciera irrestricta, pero que cobra un sentido diferente a la luz del derecho internacional.  

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CONTENIDO

Abreviaturas 

1.- Introducción 

2.- Marco Legal Relevante 

3.- Los Derechos de Soberanía y Jurisdicciones del Estado Ribereño en la ZEE y la Plataforma Continental en Materia Fiscal. 

4.- Conclusiones 

5.- Bibliografía consultada 

Descripción

Esta obra tiene como propósito analizar la potestad tributaria del Estado ribereño, en este caso, México, como faceta de dichos derechos de soberanía. Como tema relacionado, se analiza la incidencia del marco normativo del derecho internacional en el artículo 8o. del Código Fiscal de la Federación, el cual asimila a la zona económica exclusiva a territorio nacional para fines fiscales, con una redacción que pareciera irrestricta, pero que cobra un sentido diferente a la luz del derecho internacional.